martes, 8 de febrero de 2011

ALEGACIONES SOCIALISTAS AL PLAN HIDROLOGICO DE TENERIFE I


Respecto al Cambio Climático y en el marco del Desarrollo Sostenible, en lo referente a la estrategia frente al Cambio Climático, se indica la necesidad que tiene el PHT de dar respuesta a los indicios de cambio climático. No obstante, en la elección que hace el propio Plan entre distintas alternativas, elige en general las más conservadoras, y, en todo caso, regresivas si se comparan con el anterior Plan Hidrológico de 1993, al que este PHT sustituye. Concretamente en relación a este epígrafe, siendo obvio que ante una situación de riesgo creciente la alternativa debe ser un modelo de gestión activa del riesgo el plan propone un modelo conservador, esto es, un modelo de convivencia consciente del riesgo. La introducción del propio Plan, referida al cambio climático, dice, textualmente, que “la estrategia de acción frente al cambio climático debe necesariamente afrontar tanto sus consecuencias como sus causas” basado fundamentalmente en “la proliferación de fenómenos meteorológicos adversos con aumento puntual de precipitaciones tormentosas y, en consecuencia, de los caudales a desaguar por los cauces”, y que, consecuentemente “el PHT propugna la implantación de métodos e instrumentos de previsión de cálculos de flujos circulantes (caudales líquidos altamente cargados de sólidos) y el diseño adaptativo de las infraestructuras hidráulicas de drenaje".

Como se ve, en la introducción se dice una cosa y en las medidas otras, por lo que concluimos que se apuesta por un modelo conservador, poco desarrollado y, por ende, deficitario, que contradice el espíritu y la letra de los enfoques que desarrollan la estrategia ambiental del Modelo Hidrológico de Tenerife que declara “la consideración del agua como base … de armonización … de las políticas ambientales de Tenerife; la ordenación responsable del agua como recurso natural compartido ; el equilibrio entre la oportunidad de intervención y los riesgos e impactos generados por la intervención física; la conservación del patrimonio natural, los ecosistemas y sus relaciones funcionales; el respeto a la normativa ambiental europea…; la aplicación del principio de precaución en las intervenciones …”.

Es decir, las declaraciones preliminares hablan de intervenciones y las acciones propugnadas no pasan de "verlas venir", como veremos en las siguientes entradas, en las que desglosaremos nuestras propuestas.

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