COROLARIO: LA PARADOJA DE LA CALIFICACIÓN Y LA OBTENCIÓN DE PLAZA EN LA OPOSICIÓN
La primera vez que formé parte de un tribunal de oposición, el Tribunal era soberano en la evaluación de los ejercicios. La advertencia que se nos hacía sobre las calificaciones a quienes presidiamos los tribunales era, sobre todo, el seguir al pie de la letra el procedimiento descrito en la convocatoria, porque las reclamaciones solo podían dirigirse a una vulneración de lo descrito en la Orden de convocatoria: plazos, publicidad,... Sobre correcciones solo funcionaba la anulación de calificaciones muy dispares. La evaluación no era tampoco el aspecto mas cuidado de la función docente. En aquel momento se reflexionaba y experimentaba sobre todo con los modelos y estrategias didácticas y su sustento en modelos psicopedagógicos. Evaluar no era algo riguroso, y se atendía a reflexionar para innovar la docencia, pero poco de esa innovación llegaba a la evaluación.
Años después me tocó a mí organizar, desde la consejería, una masiva convocatoria de oposiciones. Muy preocupada por esa gran responsabilidad, pedí a profesionales y colectivos que enunciaran los criterios de evaluación a aplicar, de forma que los aspirantes tuvieran a que atenerse al preparar y defender sus ejercicios. También se elaboraron unas planillas de corrección con el fin de garantizar lo mas posible el rigor y la similitud de criterio de los tribunales. Cuando leo los anexos referente a los criterios de corrección me alegro de que se hagan públicos los criterios y reconozco muchos de ellos de aquel momento. También me siento orgullosa de haber coordinado aquellos equipos y de haber aportado transparencia y claridad a un proceso tan importante y agradezco a todos los que participaron tan importante trabajo: centro de desarrollo curricular, inspección, colectivos etc
Pero hete aquí que, años después y dos leyes educativas después, la gran paradoja de la oposición es que, depurado al máximo el rigor y llevado el matiz diferencial también hasta el máximo en aplicación de la actual ley educativa (criterios de evaluación, estándares y uso de herramientas tipo rúbricas, listas de cotejo etc que garantizan la objetividad), esa minuciosidad no es preceptiva para los tribunales. Y no solo eso: como criterios diferentes dan resultados diferentes, un opositor tendria distinto resultado si le tocara un tribunal distinto, lo que es paradójico en un proceso único que sale de una convocatoria única. Me dice un amigo: en todos los tribunales de Tenerife y en todos los de Gran Canaria, menos en el mio, con mi nota hubiera obtenido plaza. Esto si que es doloroso y poco equitativo.
Esta falta de criterios depurados y equitativos es, también, un problema a abordar. Espero que se tome nota.
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