Esto no es nuevo. Algunos jóvenes de la nueva "izquierda" no habían nacido cuando los distintos encuentros internacionales sancionaron e instaron a incorporar de manera transversal las políticas de igualdad. El concepto de “transversalidad o mainstreaming de género” surge a raíz de la III Conferencia Mundial sobre las Mujeres (Naciones Unidas, Nairobi, 1985). También en la cuarta conferencia mundial sobre las Mujeres de Beijing (septiembre de 1995), en el 50 aniversario de las Naciones Unidas se recogió y, como consecuencia, esta forma de hacer es asumida por la UE. El Tratado de Amsterdam (1999), en sus artículos 2 y 3, formaliza el compromiso de la Comunidad con el mainstreaming o “corriente principal” de género, al establecer la igualdad entre mujeres y hombres como una labor específica de la Comunidad, así como un objetivo horizontal que repercute en todas las labores comunitarias. El gender mainstreaming, o integración de la perspectiva de género en todas las políticas, planes y programas, se contempla como un medio de cambiar las estructuras de la sociedad, ya que éstas contribuyen a sostener y, en muchos casos, a reforzar, la segregación entre mujeres y hombres. El mainstreaming de género también se contempla en la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea (Cumbre de Niza, 2001), y es recogida en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, cuando establece que “La ordenación general de las políticas públicas, bajo la óptica del principio de igualdad y la perspectiva de género, se plasma en el establecimiento de criterios de actuación de todos los poderes públicos”.
Su artículo 15. Transversalidad del principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, dispone que “El principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres informará, con carácter transversal, la actuación de todos los poderes públicos” y que “Las administraciones públicas lo integrarán, de forma activa, en la adopción y ejecución de sus disposiciones normativas, en la definición y presupuestación de políticas públicas en todos los ámbitos y en el desarrollo del conjunto de todas sus actividades”.
También en la Ley 1/2010, de 26 de febrero, canaria de igualdad entre mujeres y hombres (LCIMH), contempla el mainstreaming o transversalidad de género en su artículo 4, como un “principio de actuación de los poderes públicos”: “La transversalidad, principio que comporta aplicar la perspectiva de género en las fases de planificación, ejecución y evaluación de todas las políticas llevadas a cabo por las administraciones públicas con la finalidad de eliminar las desigualdades entre mujeres y hombres”. La transversalidad de género se regula en esta disposición normativa en el artículo 5, que establece:“Las administraciones públicas canarias aplicarán el criterio, principio de actuación o directriz de mainstreaming de género, transversalidad y perspectiva de género en todas sus actuaciones, disposiciones normativas, políticas generales y sectoriales, organización, estructura y funcionamiento de sus órganos, servicios y actos administrativos, con la finalidad de eliminar las discriminaciones directas e indirectas por razón de sexo”.
Todo el rollo anterior es para decirle a la nueva "izquierda" que las políticas de igualdad son transversales desde hace mucho tiempo, y que poner un dinerito para la mujer no es, en absoluto, pensar en términos igualitarios ni actuar de forma compensatoria para que la igualdad sea efectiva. No obstante, si que atenta contra la igualdad quitar dinero de la atención domiciliaria (el 80 por ciento de las personas responsables de dependientes son mujeres), de personal de la ludoteca o del servicio de cocina de la escuela infantil (estos servicios garantizan la posibilidad igualitaria al acceso a un puesto de trabajo) o limitar presupuestariamente el plan de empleo, eliminando 36 de las 46 plazas previstas (el desempleo y la pobreza son mayoritariamente femeninos). Quien cree que presupuestando 5000 euros compensa la eliminación, entre otras, de las políticas compensadoras anteriores (mejora del uso del tiempo, apoyo a obligaciones o acceso a un puesto de trabajo está muy, pero que muy perdido y representa una igualdad tan obsoleta y antigua que no la reconozco como política de izquierda. Es decir, quitan dinero de las políticas transversales compensatorias y de igualdad y las sustituyen por unas perrillas, que es como el chocolate del loro. Por no hablar de comportamientos directamente discriminatorios y machistas, de los que ya he hablado. Cambien el chip si quieren ser actuales, porque se van a ver superados por maduritas como yo, que llevamos décadas trabajando estos temas de igualdad. La prudencia es un grado. Sean, al menos, prudentes.
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